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ANÁLISIS TÉCNICO — ORDEN CONSTITUCIONAL

Delitos contra la Corona: pena y defensa (arts. 485-491 CP)

Los delitos contra la Corona (arts. 485 a 491 del Código Penal) protegen a la Corona y a los miembros de la Familia Real. Comprenden conductas de muy distinta gravedad: desde el homicidio o las lesiones al Rey o a la Reina (con penas de prisión que alcanzan los 25 años) hasta las amenazas, coacciones, injurias o calumnias contra ellos, castigadas con prisión de 6 meses a 2 años o multa. Su límite, en las injurias, es la libertad de expresión. La prescripción varía según el delito.

Artículos

485 a 491 CP

Pena

multa o prisión hasta 25 años

Prescripción

varía según el delito

Actualizado

Junio 2026

DATOS CLAVE

Delitos contra la Corona: datos clave

Artículos del Código Penal

Arts. 485 a 491 CP

Bien jurídico protegido

La seguridad y la dignidad de la Corona y de la Familia Real

Homicidio del Rey o la Reina (art. 485)

Prisión de 20 a 25 años o superior

Lesiones (art. 486)

Penas graves según la entidad de las lesiones

Amenazas y coacciones (art. 488)

Penas de prisión

Injurias o calumnias con publicidad (art. 490.3 y 491)

Prisión de 6 meses a 2 años

Sin publicidad

Multa

Sujetos protegidos

El Rey, la Reina, sus consortes, el Príncipe o Princesa de Asturias y los ascendientes/descendientes

Límite en las injurias

La libertad de expresión, especialmente en la crítica política

Uso de la imagen

Uso de la imagen del Rey que dañe el prestigio de la Corona

Diferencia con los delitos comunes

La condición del sujeto pasivo agrava la respuesta penal

Prescripción

Varía según la pena del concreto delito

Competencia

Según el delito y los aforamientos

DEFINICIÓN

Qué es y qué no es

Estos delitos otorgan una protección reforzada a la Corona y a la Familia Real. Su gravedad es muy dispar: en un extremo, los atentados contra la vida o la integridad del Rey; en el otro, las injurias y calumnias, cuya persecución se pondera con la libertad de expresión.

Los grupos de conductas

  • Atentados contra la vida e integridad: matar o lesionar al Rey, la Reina o sus sucesores.
  • Amenazas y coacciones contra la Familia Real.
  • Injurias y calumnias al Rey o a los miembros de la Familia Real, y el uso de su imagen que dañe el prestigio de la Corona.

La frontera con la libertad de expresión

En las injurias y calumnias, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y el Constitucional exigen ponderar la libertad de expresión: la crítica política, aun dura, a la institución o a sus miembros goza de una protección reforzada.

En las injurias a la Corona, la crítica política está amparada por la libertad de expresión. La defensa pondera ese derecho frente a la protección reforzada de la institución.

PENAS Y AGRAVANTES

Penas

Atentados contra la vida e integridad (arts. 485-486)

Matar al Rey o a la Reina, a sus consortes, al Príncipe o Princesa de Asturias se castiga con prisión de 20 a 25 años, o con la pena superior; las lesiones, con penas graves según su entidad.

Amenazas, coacciones e injurias (arts. 488-491)

Las amenazas y coacciones a la Familia Real se castigan con prisión. Las injurias o calumnias al Rey o a los miembros de la Familia Real se castigan con prisión de 6 meses a 2 años si se realizan con publicidad, y con multa en los demás casos.

Uso de la imagen (art. 490.3)

El uso de la imagen del Rey o de la Familia Real de forma que dañe el prestigio de la Corona tiene también respuesta penal.

PROCEDIMIENTO

Cómo se tramita el procedimiento

01

Inicio.

El procedimiento se inicia por denuncia, atestado o investigación de oficio.

02

Reunión de prueba.

Se recaban los documentos, testimonios y pericias necesarios.

03

Incoación.

La Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia (antiguo Juzgado de Instrucción) incoa diligencias y delimita la conducta.

04

Investigación.

Se practican las diligencias de investigación pertinentes.

05

Declaración del investigado.

El investigado declara asistido de abogado y fija su versión.

06

Calificación.

La acusación fija el delito; la defensa discute sus elementos.

07

Enjuiciamiento.

El asunto se enjuicia ante el órgano competente.

08

Prueba en juicio.

Se practica la prueba sobre los hechos.

09

Sentencia.

La sentencia valora la concurrencia de los elementos del tipo.

10

Recursos.

La sentencia es recurrible en apelación.

DEFENSA

Estrategias de defensa

La defensa, en las injurias, trabaja la libertad de expresión y el contexto:

1. Ejercicio de la libertad de expresión

Acreditar que la conducta es crítica política u opinión, amparada por la libertad de expresión, excluye el delito de injurias.

2. Ausencia de ánimo injurioso

Demostrar la falta de un verdadero ánimo de menospreciar puede excluir el tipo.

3. Contexto del mensaje

El contexto político y el interés público de la crítica son esenciales para su valoración.

4. Discusión de la publicidad

Excluir la publicidad reduce la pena, situando los hechos en la modalidad de multa.

5. En los atentados, las garantías y la prueba

En las conductas más graves, el control de la prueba y de las garantías es esencial.

6. Atenuantes

Retractación y dilaciones indebidas operan dentro del marco legal.

La defensa pondera la libertad de expresión en las injurias, recordando la protección reforzada que el TEDH otorga a la crítica política a las instituciones.

DOCTRINA APLICABLE

Qué dice el Tribunal Supremo

STS 20-1-2009

EDJ 11765

El Tribunal Supremo exige la concurrencia de todos los elementos del tipo y un análisis riguroso del dolo y del bien jurídico afectado.

STS 12-2-2009

EDJ 25511

Precisa los criterios de imputación y la distinción de las conductas penalmente relevantes frente a las irregularidades administrativas.

STS 23-2-2011

EDJ 13889

Delimita el alcance del tipo penal y la exigencia de dolo en su realización.

PREGUNTAS FRECUENTES

Preguntas frecuentes

¿Criticar al Rey es delito?

La crítica política, aun dura, a la Corona o a sus miembros está amparada por la libertad de expresión. Solo las injurias o calumnias que excedan ese ámbito pueden constituir delito (arts. 490-491).

¿Qué pena tienen las injurias al Rey?

Con publicidad, prisión de 6 meses a 2 años; sin publicidad, multa. En su valoración debe ponderarse siempre la libertad de expresión.

¿Qué pena tiene atentar contra el Rey?

Matar al Rey o a la Reina se castiga con prisión de 20 a 25 años o superior; las lesiones, con penas graves según su entidad.

¿Quemar una foto del Rey es delito?

Depende del contexto. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ampara muchas de estas conductas como crítica política; su persecución exige ponderar la libertad de expresión.

¿A quién protegen estos delitos?

Al Rey, la Reina, sus consortes, el Príncipe o Princesa de Asturias y los ascendientes y descendientes del Rey o de la Reina.

¿Por qué hay una protección reforzada?

Por la condición institucional del sujeto pasivo. No obstante, en las injurias, esa protección se pondera con la libertad de expresión y de información.

¿En cuánto tiempo prescriben?

Varía según la pena del concreto delito, desde el año de las injurias hasta los 20 años de los atentados graves.

Me acusan de injurias a la Corona, ¿qué hago?

Acuda a un abogado. La defensa se apoya en la libertad de expresión, en el carácter político de la crítica y en el contexto del mensaje.

Los socios

Socios fundadores

José Luis Álvarez Ustarroz, socio fundador de Ustarroz y Corrales

José Luis Álvarez Ustarroz

Abogado penalista · Socio fundador

Abogado penalista colegiado en el ICAM. Más de 10 años de experiencia en derecho penal.

ICAM n.º 92617

Álvaro Corrales Muñiz, socio fundador de Ustarroz y Corrales

Álvaro Corrales Muñiz

Abogado penalista · Socio fundador

Graduado en Derecho por la Universidad Carlos III de Madrid y Máster de Acceso a la Abogacía y la Procura por la Universidad Pontificia Comillas (ICADE), con especialización en Derecho de Empresa. Se ha formado y ha ejercido en despachos de reconocido prestigio en Derecho Penal, donde ha intervenido en la defensa de procedimientos de alta complejidad técnica y trascendencia pública.

ICAM n.º 143503

Última actualización: junio de 2026. Este artículo forma parte del área de Constitución y derechos fundamentales.