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ANÁLISIS TÉCNICO — PENAL ECONÓMICO

Administración desleal: definición, pena y defensa

El delito de administración desleal (art. 252 del Código Penal) castiga a quien, teniendo facultades para administrar un patrimonio ajeno, las infringe excediéndose en su ejercicio y causa un perjuicio al patrimonio administrado. Es el delito típico del administrador que gestiona la sociedad en su propio beneficio o de forma desleal. La pena es la de la estafa: prisión de 6 meses a 3 años en el tipo básico, que se eleva a 1 a 6 años (y hasta 8) cuando concurren agravantes. Prescribe a los 5 o 10 años.

Artículo

252 CP

Pena

6 meses a 6 años

Prescripción

5 a 10 años

Actualizado

Junio 2026

DATOS CLAVE

La administración desleal en cifras

Artículo del Código Penal

Art. 252 CP (penas remitidas a los arts. 249 y 250)

Bien jurídico protegido

El patrimonio administrado y la lealtad debida en su gestión

Sujeto activo

Quien tiene facultades para administrar un patrimonio ajeno (administrador, gestor, apoderado)

Conducta típica

Infringir las facultades de administración excediéndose en su ejercicio y causar un perjuicio

Tipo básico

Prisión de 6 meses a 3 años (perjuicio superior a 400 €)

Con agravantes (art. 250)

Prisión de 1 a 6 años; hasta 4 a 8 años si supera los 250.000 €

Diferencia con la apropiación indebida

La administración desleal abusa de las facultades de gestión; la apropiación incorpora el bien al patrimonio

Ámbito habitual

Sociedades mercantiles, administración de bienes y gestión de patrimonios

Responsabilidad civil

Obligación de indemnizar el perjuicio causado al patrimonio administrado

Personas jurídicas

Puede generar responsabilidad penal de la persona jurídica

Prescripción

5 años el tipo básico; 10 la modalidad agravada

Competencia

Sección de Instrucción; enjuiciamiento en la Sección de lo Penal o la Audiencia Provincial

DEFINICIÓN

Qué es y qué no es

Comete administración desleal quien, teniendo facultades para administrar un patrimonio ajeno —emanadas de la ley, encomendadas por la autoridad o asumidas mediante un negocio jurídico—, las infringe excediéndose en su ejercicio y, de esa manera, causa un perjuicio al patrimonio administrado.

Elementos del tipo

  • La existencia de facultades de administración sobre un patrimonio ajeno.
  • La infracción de esas facultades, excediéndose en su ejercicio (no actuar en interés del administrado).
  • Un perjuicio al patrimonio administrado.
  • El dolo: conocimiento de que se actúa de forma desleal.

Lo que no es administración desleal

  • Las decisiones de gestión desafortunadas pero adoptadas en interés de la sociedad (el riesgo empresarial razonable no es delito).
  • Las operaciones autorizadas por el órgano competente o ratificadas por los socios.
  • Las discrepancias sobre la oportunidad de una decisión adoptada dentro de las facultades.

La frontera está entre la decisión empresarial arriesgada pero leal y el abuso de las facultades de gestión. Acreditar que se actuó en interés del patrimonio administrado, dentro de las facultades, excluye el delito.

PENAS Y AGRAVANTES

Penas

Pena básica

La administración desleal se castiga con las penas de la estafa: prisión de 6 meses a 3 años cuando el perjuicio supera los 400 euros.

Modalidad agravada

Cuando concurren las circunstancias del art. 250 —especial gravedad (más de 50.000 euros), abuso de relaciones personales o de la credibilidad empresarial—, la pena es de prisión de 1 a 6 años; y de 4 a 8 años si el perjuicio supera los 250.000 euros.

Relación con los delitos societarios

En el ámbito de las sociedades, la administración desleal concurre a menudo con los delitos societarios (falsedad de cuentas, acuerdos abusivos), que se valoran de forma conjunta para evitar la doble punición de un mismo hecho.

Responsabilidad de la persona jurídica

La administración desleal puede generar, además, la responsabilidad penal de la persona jurídica en cuyo seno o beneficio se cometió.

PROCEDIMIENTO

Cómo se tramita un procedimiento por administración desleal

01

Denuncia o querella.

El procedimiento se inicia por denuncia o querella de la sociedad, los socios o el titular del patrimonio perjudicado.

02

Aportación documental.

Se aportan las cuentas, contratos, actas y la documentación de las operaciones cuestionadas.

03

Incoación.

La Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia (antiguo Juzgado de Instrucción) incoa diligencias y delimita las facultades de administración y su infracción.

04

Pericial económica.

La pericial contable sobre las operaciones y el perjuicio es central en estos procedimientos.

05

Declaración del investigado.

El investigado declara asistido de abogado y suele invocar el interés social y las facultades de gestión.

06

Investigación patrimonial.

Se rastrea el destino de los fondos y el beneficio obtenido.

07

Calificación.

Las acusaciones fijan la deslealtad y las agravantes; la defensa discute el interés social y la cobertura de las facultades.

08

Enjuiciamiento.

Se enjuicia en la Sección de lo Penal del Tribunal de Instancia (antiguo Juzgado de lo Penal) o, en los asuntos graves, en la Audiencia Provincial.

09

Prueba en juicio.

Se practica la prueba documental y pericial sobre la gestión y el perjuicio.

10

Sentencia y recursos.

La sentencia es recurrible en apelación y, en su caso, en casación.

DEFENSA

Estrategias de defensa frente a una acusación por administración desleal

La defensa trabaja el interés social, la cobertura de las facultades y el perjuicio:

1. Actuación en interés del patrimonio

Acreditar que las decisiones se adoptaron en interés de la sociedad o del patrimonio administrado excluye la deslealtad.

2. Cobertura de las facultades

Demostrar que la operación estaba dentro de las facultades de administración o fue autorizada o ratificada desactiva la imputación.

3. Riesgo empresarial razonable

Las decisiones de gestión arriesgadas pero adoptadas con diligencia y en interés social no son delito, aunque resulten desafortunadas.

4. Inexistencia o discusión del perjuicio

La pericial puede acreditar que no hubo perjuicio efectivo o que su cuantía es inferior a la imputada.

5. Discusión de las agravantes

Rebajar la cuantía del perjuicio por debajo de los umbrales de agravación reduce de forma decisiva la pena.

6. Reparación del daño

La reparación del perjuicio antes del juicio opera como atenuante.

No toda decisión empresarial que sale mal es administración desleal. La defensa técnica acredita que el administrador actuó dentro de sus facultades y en interés del patrimonio gestionado.

DOCTRINA APLICABLE

Qué dice el Tribunal Supremo

STS 26-1-2017

EDJ 2997

Delimita la administración desleal frente a la apropiación indebida tras la reforma de 2015: la administración desleal sanciona el abuso de las facultades de gestión, sin necesidad de incorporación del bien al patrimonio del autor.

STS 15-2-2018

EDJ 7517

Precisa el alcance de las facultades de administración y los presupuestos de su infracción, exigiendo un exceso en su ejercicio que cause un perjuicio al patrimonio administrado.

STS 26-12-2012

EDJ 217976

Establece que la administración desleal se completa con el dolo genérico, comprendiendo el conocimiento del carácter desleal de la gestión y de su aptitud para causar el perjuicio.

PREGUNTAS FRECUENTES

Preguntas frecuentes sobre la administración desleal

¿Qué es la administración desleal?

Es infringir las facultades de administrar un patrimonio ajeno, excediéndose en su ejercicio y causando un perjuicio al patrimonio administrado (art. 252). Es el delito típico del administrador que gestiona deslealmente.

¿En qué se diferencia de la apropiación indebida?

La administración desleal abusa de las facultades de gestión de un patrimonio ajeno; la apropiación indebida incorpora un bien recibido al patrimonio del autor. Tras la reforma de 2015, son delitos diferenciados.

¿Una mala decisión empresarial es delito?

No. El riesgo empresarial razonable no es delito. Las decisiones arriesgadas pero adoptadas con diligencia y en interés de la sociedad no integran la administración desleal, aunque resulten desafortunadas.

¿Qué pena tiene?

Las de la estafa: prisión de 6 meses a 3 años en el tipo básico, de 1 a 6 años con agravantes y de 4 a 8 años cuando el perjuicio supera los 250.000 euros.

¿Puede responder la empresa?

Sí. La administración desleal puede generar la responsabilidad penal de la persona jurídica en cuyo seno o beneficio se cometió, además de la del administrador.

¿Concurre con los delitos societarios?

A menudo sí. En el ámbito de las sociedades, la administración desleal concurre con delitos societarios como la falsedad de cuentas o los acuerdos abusivos, que se valoran de forma conjunta.

¿En cuánto tiempo prescribe?

El tipo básico prescribe a los 5 años; la modalidad agravada, a los 10.

Me acusan de administración desleal, ¿qué hago?

Acuda a un abogado especializado en penal económico. La defensa se apoya en la actuación en interés del patrimonio, en la cobertura de las facultades y en la pericial sobre el perjuicio.

Los socios

Socios fundadores

José Luis Álvarez Ustarroz, socio fundador de Ustarroz y Corrales

José Luis Álvarez Ustarroz

Abogado penalista · Socio fundador

Abogado penalista colegiado en el ICAM. Más de 10 años de experiencia en derecho penal.

ICAM n.º 92617

Álvaro Corrales Muñiz, socio fundador de Ustarroz y Corrales

Álvaro Corrales Muñiz

Abogado penalista · Socio fundador

Graduado en Derecho por la Universidad Carlos III de Madrid y Máster de Acceso a la Abogacía y la Procura por la Universidad Pontificia Comillas (ICADE), con especialización en Derecho de Empresa. Se ha formado y ha ejercido en despachos de reconocido prestigio en Derecho Penal, donde ha intervenido en la defensa de procedimientos de alta complejidad técnica y trascendencia pública.

ICAM n.º 143503

Última actualización: junio de 2026. Este artículo forma parte del área de Derecho penal económico.